Programa de Actuación Integrada Barranco de Talavera

Información pública y consultas el Programa de Actuación Integrada del Sector “Barranco de Talavera
- Naturaleza y carácter del proceso: Exposición pública del Programa de Actuación Integrada Barranco de Talavera de Almenara.
- Objetivos: a. Dar a conocer la información relevante sobre las acciones contempladas en el programa de actuación integrada. b) Que las personas interesadas puedan formular observaciones y comentarios en aquellas fases iniciales del procedimiento en que estén abiertas todas las opciones. c) Conocer la opinión o preferencias de las personas interesadas respecto de la programación planteada
- Actvo: Hasta el 20 de marzo
- Portal de transparencia - Sede electrónica
a) Toda persona física o jurídica que tenga la consideración de interesado según la legislación vigente en materia de procedimiento administrativo común.
b) Cualquier persona jurídica sin ánimo de lucro que cumpla los siguientes requisitos:
– Que tenga, entre los fines acreditados en sus estatutos, la protección del medio ambiente en general o la de alguno de sus elementos en particular o corregir las desigualdades por razón de género, y que tales fines puedan resultar afectados por el plan o programa de que se trate.
-Que esté legalmente constituida, y que se haya personado en forma en el expediente.
-Que, según sus estatutos, desarrollen su actividad en un ámbito territorial que resulte afectado por el plan o programa.
-Las plataformas o colectivos que se personen en el expediente y que agrupen de manera estable –o creadas con ocasión del plan o programa de que se trate– a personas físicas y jurídicas sin ánimo de lucro. El reconocimiento de la condición de público interesado de la plataforma o colectivo se obtendrá con que al menos una de las personas jurídicas integrantes cumpla con los requisitos precedentes.
a) Presentando en el REGISTRO DE ENTRADA del Ayuntamiento de Almenara alegaciones, observaciones y sugerencias sobre la información pública del Plan Parcial.
b) Cumplimentando y presentando en el REGISTRO DE ENTRADA del Ayuntamiento de Almenara la encuesta al respecto de la Modificación del Plan Parcial que se encuentra en los documentos aportados en el proceso de participación iniciado. (Enquesta de participació Modificació PP)
45 días desde la publicación en el DOGV (20 de marzo).
Artículo 61y 55.2, del TRLOTUP, Tramitación de los planes que no estén sujetos al procedimiento ordinario de evaluación ambiental y territorial estratégica.
Cuando un plan no esté sujeto al procedimiento ordinario de evaluación ambiental y territorial estratégica, una vez realizadas las actuaciones previstas en los artículos 52 y 53 de este texto refundido, se seguirán los siguientes trámites:
a) Información pública durante un periodo de cuarenta y cinco días.
b) Durante el mismo plazo de información pública se consultará a los organismos afectados, con petición de los informes exigibles de acuerdo con la legislación sectorial, así como a las entidades suministradoras de los servicios públicos urbanos que puedan resultar afectadas…
d) Una vez concluidas las anteriores actuaciones, el plan será sometido a aprobación por el Pleno del Ayuntamiento u órgano que corresponda.- El acuerdo de aprobación definitiva, junto con sus normas urbanísticas, se publicarán para su entrada en vigor en el boletín oficial de la provincia