Consulta Pública Catálogo de Protecciones

En la actualidad el Ayuntamiento de Almenara no cuenta con un Catálogo de Protecciones de Almenara – Sección Patrimonio Cultural, éste es un instrumento de ordenación de ámbito municipal, mediante el cual se determinan aquellos elementos territoriales, espacios o bienes inmuebles que, por razón de sus valores culturales especiales, naturales, paisajísticos u otros, requieren un régimen de conservación específico y, en su caso, la adopción de medidas cautelares de protección o de fomento y puesta en valor.

Obligación recogida La Ley 4/1989, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano (LPCV), modificada por la Ley 7/2004, de 19 de octubre; por la 5/2007, de 9 de febrero; y por la 9/2017, de 7 de abril de modificación de la LPCV.
En relación con esta cuestión, se abre la CONSULTA PÚBLICA prevista de conformidad con lo recogido en el artículo 51 del Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la redacción del Catálogo de Protecciones de Almenara – Sección Patrimonio Cultural, y con el que se pretende pedir la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados sobre las siguientes cuestiones:

a)Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa: adaptación de la normativa a la peculiaridad municipal.

b)La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c)Los objetivos de la norma.

d)Las posibles soluciones alternativas.

Por eso, se facilita un formulario de consulta pública que debidamente cumplimentado se podrá presentar:

– Con carácter preferente, telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Almenara (https://almenara.sedelectronica.es/transparency/495ec32b-b72c-4ab1-b12c-00fc67658cb0/).
Por eso, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica admitida por la sede electrónica del Ayuntamiento de Almenara.

– En la Oficina de Asistencia en materia de Registros del Ayuntamiento de Almenara, ubicada en la sede del Ayuntamiento (C/ Casablanca, 56), en horario de atención al público.

– De acuerdo con lo que dispone el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las sugerencias, observaciones u opiniones sobre los aspectos planteados podrán hacerse llegar al Ayuntamiento en el plazo de UN MES, a contar desde la publicación del presente anuncio en la web del Ayuntamiento de Almenara y/o portal de transparencia de la sede electrónica de este Ayuntamiento, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 14.4 de la Ley 4/2023, de 13 de abril, de participación ciudadana y fomento del asociacionismo de la comunidad valenciana, y el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.